Voyager Textile

Cumplimiento normativo y envíos

Etiquetado y cumplimiento normativo de prendas en la UE: guía para compradores de marca propia

La legislación de la UE exige que una prenda vendida a consumidores indique su composición completa en fibras, con las denominaciones establecidas en el Reglamento (UE) n.º 1007/2011, en la lengua del país donde se vende. Ese reglamento no exige instrucciones de conservación ni marcado de origen. Desde diciembre de 2024, el Reglamento relativo a la seguridad general de los productos añade obligaciones de trazabilidad y de operador responsable, y si vende con su propia marca, esas obligaciones son suyas.

Contenido

Para un comprador de marca propia, el etiquetado en la UE no es un problema de la fábrica. Las obligaciones legales recaen sobre quien introduce el producto en el mercado de la UE, y si la prenda lleva su marca, ese es usted. Lo mismo ocurre con las obligaciones separadas de fin de vida que se explican en RAP textil en la UE, que una etiqueta de composición no cumple en absoluto. La fábrica puede producir exactamente lo que usted especifique, y es responsabilidad suya especificar lo correcto.

Composición en fibras: el requisito central

La norma central es el Reglamento (UE) n.º 1007/2011 relativo a las denominaciones de las fibras textiles y al etiquetado correspondiente. Exige que los productos textiles comercializados a consumidores se etiqueten con su composición en fibras, y establece cómo hacerlo.

  • Utilice las denominaciones oficiales de las fibras. Solo pueden utilizarse las denominaciones de fibras que figuran en el anexo I del reglamento, y cada denominación está reservada a las fibras que se ajustan a su definición. Los nombres comerciales y de marketing no las sustituyen.
  • Indique la composición completa en orden decreciente de peso. La fibra de mayor peso aparece en primer lugar, con su porcentaje.
  • «100 %», «puro» y «todo» solo pueden utilizarse para productos compuestos exclusivamente por una fibra.
  • Deben indicarse las partes no textiles de origen animal. Por ejemplo, un parche o un ribete de cuero, con la redacción que exige el reglamento.
  • Ámbito de aplicación. Las normas se aplican a los productos que contienen al menos un 80 % de fibras textiles en peso, y el reglamento también abarca otros productos, como los componentes textiles de determinados artículos.
  • Tolerancias. El reglamento admite pequeños márgenes para las fibras extrañas que son técnicamente inevitables con buenas prácticas de fabricación y que no se añaden de forma sistemática. Son estrechos y condicionados, así que consulte el texto vigente en lugar de tratarlos como un margen de maniobra en su declaración.

Como la composición en fibras de la etiqueta es una declaración legal, tiene que coincidir con el tejido realmente utilizado. Si el tejido cambia durante el desarrollo o en una reposición, la etiqueta cambia con él. La verificación de la composición por un laboratorio acreditado es la forma más sencilla de asegurarse, como se explica en la guía de control de calidad.

Idioma, durabilidad y ubicación

  • Idioma. La información debe figurar en la lengua o lenguas oficiales del Estado miembro en el que el producto se pone a disposición del consumidor. Una etiqueta en un solo idioma no basta para una gama que se vende en varios países, salvo que ese idioma se exija en cada uno de ellos.
  • Durabilidad. La etiqueta debe ir firmemente fijada, por ejemplo cosida, y debe seguir siendo legible y accesible durante la vida normal del producto.
  • Legibilidad. La información debe ser fácil de leer: las etiquetas de conservación impresas que se borran tras unos cuantos lavados crean un problema que no verá hasta que el producto esté en manos de los clientes.

La consecuencia práctica para el diseño de la etiqueta es que el contenido obligatorio necesita espacio físico suficiente, en todos los idiomas exigidos, en una etiqueta que resista el lavado. Decídalo junto con el conjunto de etiquetas y no después, como se explica en la guía de etiquetas y embalaje.

Quién asume la responsabilidad

Aquí importan dos normas, y ambas señalan a la marca y no a la fábrica.

Con arreglo al reglamento de etiquetado textil, el fabricante es responsable de la etiqueta y de su exactitud. Cuando el fabricante no está establecido en la UE, esa responsabilidad pasa al importador que introduce la mercancía en el mercado de la UE.

Con arreglo al Reglamento (UE) 2023/988 relativo a la seguridad general de los productos, aplicable desde el 13 de diciembre de 2024, quien introduce un producto en el mercado con su propio nombre o marca comercial se considera fabricante y asume las obligaciones del fabricante. Un programa de marca propia puede quedar plenamente incluido en ese supuesto, aunque qué parte desempeña cada función depende del acuerdo concreto y no de la expresión «marca propia». La prueba de las funciones se explica en el RSGP en la confección.

Qué añade el RSGP (GPSR) más allá de la etiqueta de composición

  • Debe existir un operador económico responsable establecido en la UE para el producto, como un fabricante, un importador, un representante autorizado o un prestador de servicios de tramitación de pedidos de la UE.
  • Información de trazabilidad. La información que permita identificar el producto y a los operadores económicos pertinentes debe acompañar a la mercancía (en el producto, o en su embalaje, en el paquete o en un documento adjunto), así que los datos de contacto y la identificación del producto son una decisión de especificación y no un elemento de marca opcional.
  • La información de seguridad y las instrucciones deben acompañar al producto cuando proceda.
  • Registros y cooperación. Los operadores económicos deben poder identificar quién les suministró y a quién suministraron, y actuar cuando surja un problema de seguridad.

Si es una marca de fuera de la UE que vende en la UE, el requisito del operador económico responsable es un punto que a menudo hay que resolver antes del primer envío, no después. Qué parte puede cumplirlo, y qué más exige el Reglamento a una prenda, se explica en el RSGP en la confección.

Lo que la legislación de la UE no exige

Hay dos ausencias que sorprenden a los compradores, sobre todo a los que conocen los requisitos de Estados Unidos.

  • El reglamento de etiquetado textil de la UE no impone instrucciones de conservación. Los símbolos de conservación son un sistema voluntario basado en la norma EN ISO 3758, y los propios símbolos son marcas registradas gestionadas por GINETEX, por lo que su uso puede estar sujeto a licencia, como se explica en símbolos de conservación y redacción de la etiqueta. Las normas nacionales y sus propios clientes pueden exigir igualmente información de conservación y, en la práctica, los minoristas suelen hacerlo.
  • El reglamento de etiquetado textil no exige el marcado de origen. Cuando se utiliza una indicación «fabricado en», no debe ser engañosa, y las normas aduaneras sobre el origen de las mercancías son una cuestión distinta del etiquetado para el consumidor; cómo se determina realmente se explica en país de origen de las prendas, y los documentos de envío en la guía de envíos.

Es una de las diferencias más claras respecto a los requisitos de Estados Unidos, donde tanto el etiquetado de conservación como el país de origen son obligatorios. Si vende en ambos mercados, planifique el conjunto de etiquetas para los dos desde el principio.

REACH y restricciones químicas

REACH es el marco de la UE sobre sustancias químicas, no un certificado. Restringe el uso de determinadas sustancias, y algunas restricciones se aplican específicamente a los textiles y a los artículos en contacto con la piel. El cumplimiento es una obligación de la cadena de suministro y no un documento que una fábrica pueda simplemente entregar, y los compradores suelen gestionarlo combinando requisitos de sustancias restringidas en la especificación con ensayos. Cómo se estructuran las restricciones, y en qué se diferencian de la Lista de sustancias candidatas, se explica en sustancias restringidas por REACH en la confección.

Voyager Textile realiza la producción para sus clientes europeos conforme a los requisitos del Reglamento REACH relativos a las sustancias químicas utilizadas en los textiles, e indica exactamente qué significa cada distintivo de cumplimiento en su contexto en la sección de cumplimiento normativo.

OEKO-TEX, GOTS y GRS son sistemas de certificación voluntarios vinculados a los materiales y a su cadena de custodia. Pueden ser extremadamente útiles, y para algunos clientes son requisitos contractuales, pero no son lo que hace que una prenda pueda venderse legalmente en la UE. A la inversa, un tejido certificado no elimina la obligación de etiquetar correctamente la composición en fibras.

Si tiene previsto formular una alegación medioambiental en una etiqueta, una etiqueta colgante o una web, conserve las pruebas que la respalden. Los requisitos de justificación de las alegaciones ecológicas se han endurecido en toda la UE, y la postura más segura es que cualquier alegación que imprima pueda rastrearse hasta una documentación que cubra el material concreto de su pedido. Lo que ahora está prohibido sin excepciones se explica en alegaciones medioambientales en la ropa.

Qué está cambiando

  • Revisión del reglamento de etiquetado textil. La Comisión ha estado preparando una revisión que aborda las nuevas fibras, el etiquetado digital y la información sobre sostenibilidad. Estaba prevista una propuesta para el segundo trimestre de 2026, así que consulte la página de revisión de la Comisión para conocer la situación actual antes de dar por estables las normas vigentes.
  • Pasaporte digital de producto para textiles. Con arreglo al Reglamento (UE) 2024/1781 sobre diseño ecológico para productos sostenibles (ESPR), los textiles son un grupo de productos prioritario, y se prevé que los requisitos sectoriales, incluido el pasaporte, lleguen mediante un acto delegado, indicado en la planificación de la Comisión para 2027. Consulte la página de la Comisión sobre el pasaporte digital de producto para textiles y prendas.

Ninguno de los dos cambia lo que debe hacer hoy, pero ambos afectan a los programas que se están diseñando ahora, sobre todo cuando las etiquetas, los diseños y el embalaje se encargan en cantidades para varios años.

Una lista de comprobación práctica

  1. Confirme la composición exacta en fibras del tejido realmente utilizado y verifíquela mediante ensayo de laboratorio cuando el programa lo justifique.
  2. Redacte la declaración de composición con las denominaciones oficiales de las fibras, en orden decreciente de peso.
  3. Enumere todos los países de la UE en los que venderá y confirme los idiomas exigidos para el contenido de la etiqueta.
  4. Decida el formato de la etiqueta y compruebe que hay espacio físico para todo el contenido obligatorio en todos los idiomas exigidos.
  5. Añada información de conservación, ya que clientes y minoristas la esperan aunque la legislación de etiquetado textil de la UE no la exija.
  6. Confirme quién es su operador económico responsable en la UE y que los datos de contacto e identificación figuran como se exige.
  7. Compruebe si alguna sustancia restringida afecta a sus materiales y especifique los ensayos en consecuencia. Consulte cumplimiento normativo químico para saber cómo formular ese requisito.
  8. Conserve la documentación de cualquier certificación o alegación medioambiental que tenga previsto imprimir.
  9. Vuelva a comprobarlo todo siempre que cambie el tejido, el proveedor o el mercado, y ponga versión al diseño de la etiqueta.

Voyager Textile produce etiquetas y embalaje según la especificación del cliente, incluido el contenido que usted exija para su mercado. Confirmar que el contenido es correcto para los mercados en los que vende sigue siendo responsabilidad de la marca o del importador.

Preguntas de los compradores

¿Qué debe figurar en la etiqueta de una prenda en la UE?

La composición en fibras, con las denominaciones oficiales del Reglamento (UE) n.º 1007/2011, en orden decreciente de peso, en la lengua o lenguas del país donde se vende el producto, en una etiqueta firmemente fijada que siga siendo legible. También deben indicarse las partes no textiles de origen animal.

¿Son obligatorios los símbolos de conservación en la UE?

No según el reglamento de etiquetado textil de la UE. El etiquetado de conservación es un sistema voluntario basado en la norma EN ISO 3758, y los símbolos son marcas registradas cuyo uso puede estar sujeto a licencia. Las normas nacionales y los requisitos de los minoristas pueden hacer necesaria en la práctica la información de conservación, y muchas marcas la incluyen.

¿Necesita una prenda vendida en la UE una etiqueta «fabricado en»?

El reglamento de etiquetado textil no exige el marcado de origen. Si indica un origen, no debe ser engañoso, y las normas aduaneras de origen para las declaraciones de importación son una cuestión distinta del etiquetado para el consumidor.

¿Quién es legalmente responsable de la etiqueta, la fábrica o la marca?

El fabricante y, cuando el fabricante está fuera de la UE, el importador que introduce la mercancía en el mercado. Con arreglo al Reglamento relativo a la seguridad general de los productos, una empresa que vende un producto con su propio nombre o marca comercial se considera fabricante, así que en los programas de marca propia la responsabilidad recae en la marca.

¿Qué implica el RSGP (GPSR) para una marca de moda?

Desde el 13 de diciembre de 2024 debe existir un operador económico responsable establecido en la UE, el producto debe llevar información que permita identificarlo a él y a los operadores pertinentes, y deben mantenerse registros de trazabilidad. Las marcas de fuera de la UE normalmente deben resolver el requisito del operador responsable antes de su primer envío.

¿Un certificado OEKO-TEX o GOTS hace que mi prenda cumpla la normativa de la UE?

No. Son certificaciones voluntarias de materiales que pueden respaldar alegaciones concretas y requisitos de clientes. No sustituyen al etiquetado de la composición en fibras, a las obligaciones del RSGP (GPSR) ni al cumplimiento normativo químico.

¿Qué es el pasaporte digital de producto y se aplica ya?

Es un registro digital de información sobre el producto que se está introduciendo con arreglo al Reglamento sobre diseño ecológico para productos sostenibles. Los textiles son un grupo prioritario y se prevé que los requisitos sectoriales lleguen mediante un acto delegado indicado para 2027, así que hoy no es una obligación, pero conviene tenerlo en cuenta al diseñar programas a largo plazo.

Envíenos el contenido de etiqueta que necesita

Indíquenos en qué mercados vende y qué deben decir sus etiquetas. Producimos el conjunto de etiquetas según su especificación y le avisamos de todo lo que no quepa físicamente o no vaya a resistir el lavado al que se someterá su producto.

Consultar requisitos de etiquetado

Guías relacionadas